900 323 323

Modal te llamamos

Modal te llamamos

¿Puede firmar documentos una persona con deterioro cognitivo?

¿Puede firmar documentos una persona con deterioro cognitivo?

Cuando un familiar comienza a mostrar fallos de memoria o desorientación, las preocupaciones médicas suelen ocupar todo nuestro tiempo. Sin embargo, tarde o temprano, surgen las dudas legales: ¿qué ocurre si necesita realizar un trámite bancario, vender una propiedad o actualizar sus voluntades?

Determinar si puede firmar documentos una persona con deterioro cognitivo es una de las cuestiones más delicadas y complejas a las que se enfrentan las familias, ya que entra en juego el equilibrio entre la autonomía del mayor y su protección jurídica frente a posibles abusos.

¿Tiene validez un documento firmado por una persona con deterioro cognitivo?

La respuesta corta es que depende de la capacidad de discernimiento en el momento preciso de la firma. Legalmente, el deterioro cognitivo no anula automáticamente la validez de una firma. Lo que determina la validez es si la persona comprende el alcance, las consecuencias y la naturaleza del acto que está realizando.

En las primeras fases del Alzheimer, es muy común que existan los llamados "intervalos lúcidos". Durante estos momentos, el individuo puede mantener la coherencia suficiente para tomar decisiones. No obstante, si el deterioro es avanzado y la persona no es consciente de lo que firma, dicho documento podría ser declarado nulo. La clave reside en demostrar que existía un consentimiento viciado por la falta de capacidad cognitiva.

Qué requisitos exige un notario para validar una firma

El notario tiene una función esencial de "filtro". Su labor es dar fe pública de que el otorgante tiene la capacidad legal necesaria. Para validar una firma, el notario suele realizar una entrevista previa donde evalúa:

  • La orientación espacio-temporal del firmante.
  • La coherencia en sus respuestas sobre el patrimonio o los herederos.
  • La ausencia de coacciones externas por parte de familiares o terceros.

Si el notario detecta dudas razonables, puede solicitar un dictamen médico pericial. En estos casos, contar con un servicio de ayuda a domicilio profesional ayuda a que el mayor esté en un entorno tranquilo, reduciendo el estrés que puede provocar una visita a la notaría y que podría nublar su juicio momentáneamente.

¿Puede hacer el testamento una persona con Alzheimer o demencia?

Esta es la pregunta estrella en las consultas legales. Existe la creencia de que un diagnóstico médico invalida cualquier trámite, pero la ley intenta proteger la voluntad del individuo mientras sea posible. Entonces, ¿una persona con deterioro cognitivo puede hacer testamento? Sí, siempre que el notario, tras un examen exhaustivo (y a menudo con la presencia de dos facultativos médicos que den fe de su lucidez), considere que comprende el destino de sus bienes.

Sin embargo, cuando la enfermedad progresa, la situación se complica. Por ejemplo, ¿puede firmar un testamento una persona con Alzheimer en una fase moderada o avanzada? Generalmente no, ya que la pérdida de funciones ejecutivas impide valorar las implicaciones de sus decisiones.

Lo mismo sucede cuando nos preguntamos si una persona con Alzheimer puede firmar un poder notarial. Los poderes (como el preventivo) son herramientas muy útiles para que un hijo o cónyuge gestione sus cuentas o salud en el futuro, pero deben firmarse cuando el paciente aún tiene plena capacidad para delegar dichas facultades. Si esperas a que la demencia sea severa, el notario se verá obligado a rechazar el documento.

Cómo impugnar un documento firmado por una persona con deterioro cognitivo

Si sospechas que un familiar ha sido inducido a firmar un documento (una herencia, una venta de inmueble o una donación) sin tener plenas facultades, es posible iniciar un proceso de impugnación judicial. Para ello, se debe presentar una demanda de nulidad por falta de capacidad contractual.

Las pruebas principales suelen ser:

  1. Informes médicos: Diagnósticos previos de especialistas en neurología o geriatría.
  2. Testimonios: De cuidadores o profesionales de un servicio especializado en demencias que puedan atestiguar el estado real de la persona en la fecha de la firma.
  3. Prueba pericial: Un perito judicial evaluará si el grado de deterioro era compatible con la comprensión del documento firmado.

Proteger los derechos de nuestros mayores implica estar alerta y actuar con previsión legal antes de que la enfermedad avance. Anticiparse es la mejor forma de asegurar que su voluntad sea respetada de forma ética y legal.

Fuentes consultadas

  • Consejo General del Notariado. (2021). La protección de las personas con discapacidad: El nuevo sistema de apoyos. Editorial Notarial.
  • Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Boletín Oficial del Estado, 132.
  • Sociedad Española de Geriatría y Gerontología (SEGG). (2023). Guía sobre ética y demencia en la toma de decisiones legales.
  • Tribunal Supremo (Sala de lo Civil). Sentencias recientes sobre la validez del testamento en intervalos lúcidos de pacientes con Alzheimer.

Lo más leído

Síntomas de ictus
Principales síntomas de ictus
27/06/2023
Salud y Bienestar
Persona mayor recibiendo terapia ocupacional
Terapia ocupacional: ¿Para qué sirve?
20/11/2024
Salud y Bienestar
síntomas de la disfagia

Te Llamamos

Formulario página Contacto general

Este formulario aparece en la página de Contacto