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Pensión de viudedad: lo que debes saber

La pensión de viudedad es una ayuda que se hace extremadamente necesaria en muchos casos y muy conveniente en todos. Sin embargo, algunas personas que tienen derecho a la pensión de viudedad no saben bien en qué consiste, qué es, ni cuáles son los requisitos exigidos o cómo comprobar a qué tipo de pensión tienen derecho.

Pero hacerlo y comprender cómo funciona la pensión de viudedad es más sencillo de lo que parece. Aunque en cada país, estado o zona pueden existir una normas o condiciones específicas, las bases y conceptos y la mayor parte de requisitos, son comunes.

mujer pensando en la pension de viudedad
 

¿Qué es la pensión de viudedad?

La pensión de viudedad es una prestación económica que pueden recibir quienes fueran pareja mediante el matrimonio, o pareja de hecho, del fallecido. 

Es decir, es un ingreso, generalmente de carácter recurrente, que recibe la pareja de la persona que ha fallecido. El objetivo es que la calidad de vida, la cuantía de ingresos o poder adquisitivo de esta persona no se vea desprotegida como consecuencia del fallecimiento. Es decir, se busca equilibrar su situación económica tras la pérdida de su pareja. 

Aunque esta prestación la recibe la pareja, siempre se tiene en cuenta a la unidad familiar en el caso de que uno o varios hijos fueran dependientes económicamente del fallecido. 

¿Quiénes son los causantes del derecho de la pensión de viudedad?

El o la causante de la prestación de viudedad, es aquella persona que tras su muerte, origina la pensión de viudedad hacia su pareja. 

Sin embargo, no todas las personas que fallecen y tuvieron un matrimonio o pareja de hecho son causantes de la pensión de viudedad.

Es decir, si tu pareja ha fallecido no significa que por ello vayas a recibir una pensión de viudedad. Esto dependerá de diferentes factores, ya que quien ofrece estas prestaciones es el Estado. 

Estos son los requisitos que debía cumplir el causante de la pensión de viudedad (en el momento de la muerte):

  • Estar dado de alta el en Régimen General de la Seguridad Social o en lo comúnmente conocido como situación asimilada de alta. A este requisito se le suma el de haber cumplido un periodo mínimo de cotización, aunque este periodo dependerá del caso:
    • Si el fallecimiento ha sido por enfermedad común, para que el causante cumpla los requisitos debe haber trabajado 500 días en un periodo ininterrumpido de 5 años, de forma inmediatamente anterior a la fecha de muerte. Es decir, que la persona se encontrara recientemente en situación de empleo desde hacía 5 años. 
    • En el caso de que el fallecimiento haya sido consecuencia de un accidente o enfermedad laboral, no existirán requisitos. La persona será causante de pensión de viudedad.
  • Por otro lado, en ambos casos, si la persona en ese momento no estuviera dada de alta en la Seguridad Social (o situación asimilada), entonces al menos tendría que haber cotizado 15 años durante su vida. 

Casos excepcionales:

  • Quienes fueran beneficiarios de la pensión de jubilación en su modalidad contributiva
  • Quienes teniendo derecho a cobrar la pensión no la cobraban
  • Quienes percibieron una pensión por incapacidad permanente o temporal, o por riesgo para el embarazo, maternidad, paternidad o riesgo durante la lactancia natural.

Para todos estos casos existen diferentes requisitos y periodos de cotización para ser causantes de la pensión de viudedad. Por tanto, conviene consultar cada caso excepcional. 

¿Y quiénes pueden solicitarla?

Es decir, ¿quiénes se pueden beneficiar de la pensión de viudedad?

La pensión de viudedad irá destinada al:

  • Matrimonio
  • Pareja de hecho
  • Pareja con la que existe una separación, divorcio o incluso nulidad matrimonial, siempre y cuando el fallecido o fallecida no haya vuelto a casarse.

En consecuencia, todos los hijos dependientes económicamente así como mayores a cargo de la pareja del fallecido se verán beneficiados de la pensión de viudedad, y de ellos dependerá también la cuantía. 

¿Cuáles son los requisitos para conseguir la pensión de viudedad?

Pero, ¿cuáles son los requisitos que deben cumplir las parejas para recibir la pensión de viudedad?

Estos son los requisitos que deberá acreditar el cónyuge cuya pareja fallecida fuera causante de pensión de viudedad: 

  • Tener hijos en común.
  • Haber celebrado el matrimonio mínimo 1 año antes.
  • En el caso de que antes de ser un matrimonio fueran pareja de hecho, es decir, que hubiesen convivido al menos dos años en la misma vivienda no se pedirá un tiempo mínimo de matrimonio.
  • ¿Y si estaban separados o divorciados o el matrimonio fue considerado nulo?: El cónyuge sólo podrá ser beneficiario de la pensión de viudedad si no hubiese vuelto a contraer matrimonio o no tuviese una nueva pareja de hecho. No obstante, existe una excepción, y es que si, aún no cumpliendo esos requisitos, la pareja hubiese sufrido violencia de género y esto hubiese quedado demostrado ante la justicia. Entonces, obtendría la pensión de viudedad. 
  • Si eran pareja de hecho y la persona demuestra que: como pareja de hecho se formalizaron al menos dos años antes del fallecimiento, y que hubo una convivencia ininterrumpida al menos 5 años antes del fallecimiento. 

¿Cómo se solicita la pensión de viudedad?

Si cumples los requisitos para la pensión de viudedad, debes cumplimentar el Modelo de Solicitud de Prestaciones de Supervivencia y entregar la documentación que se pide en ese modelo.

Luego, se debe solicitar la pensión de viudedad a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, mediante correo ordinario o en los centros de Atención e Información de la Seguridad Social. 

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¿Cuánto se cobra y cuándo se cobra?

Por norma general se cobra el 52% de la base reguladora que le correspondiere al causante de la pensión. No obstante, del 52% se puede pasar al 70% si:

  • El pensionista tenía familiares a su cargo.
  • Si la pensión de viudedad es la única fuente de ingresos.
  • Si los rendimientos anuales del pensionista no superasen los 19.600 euros anuales. Esto es aproximado ya que cada año existen variaciones.

Finalmente, para que la Seguridad Social apruebe la pensión de viudedad pueden pasar un máximo de 90 días. Tras esto, se empezará a cobrar: el día siguiente del hecho, o el día 1 del mes siguiente del hecho. Esto dependerá de si el fallecido estaba dado de alta, en el primer caso, o si era pensionista, que entonces será el segundo caso. 

Conclusión

La pensión de viudedad es una prestación económica que se le hace al cónyuge del fallecido y a su unidad familiar siempre y cuando esta última sea dependiente económicamente. Por otro lado, los requisitos para ser causante de pensión de viudedad y para ser solicitante, son amplios y variados, por lo que conviene consultarlos. 

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